Como todos los años por estas fechas, llega el momento de hacer nuestra declaración de la
Renta que, si aún no has presentado, puedes entregar
hasta el 27 de junio, si tu
borrador es con resultado a ingresar y tienes el pago con domiciliación, y hasta el 2 de julio para el resto de casos. Por eso es importante que te informes de los gastos y conceptos a los que se aplican
deducciones, para que a su vez puedas comunicárselo a tus posibles clientes.
En el capítulo de gastos que se pueden deducir se incluyen las
obras de mejora de viviendas en el campo de la
eficiencia energética, la higiene, la salud, la protección del
medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad, y la sustitución de
instalaciones de electricidad, agua, gas u otros
suministros.
Las obras que favorezcan la
accesibilidad al edificio o la vivienda y las relacionadas con la instalación de infraestructuras de
telecomunicación también tienen deducción en la declaración de la renta.
¿Y en qué consiste esta deducción?
Hablamos de una
desgravación a aplicar en el
IRPF de hasta el 20% de las cantidades satisfechas por obras de rehabilitación que se hayan realizado o se hagan entre el 7 de mayo de 2011 y el 31 de diciembre de 2012.
¿Cómo se calcula la deducción? Depende de la base imponible del contribuyente y se distinguen dos casos diferenciados. Si la base imponible del contribuyente es igual o inferior a 53.007,20 euros anuales, la base anual máxima será de 6.750 euros anuales.
Y si la base imponible está comprendida entre esos 53.007,20 euros y 71.007,20 euros anuales, la base anual máxima será de 6.750 euros, menos el resultado de multiplicar por 0,375 la diferencia entre la base imponible y 53.007,20 euros anuales.
Pero si te pierdes con las cifras, puedes consultar tus dudas de carácter tributario en referencia esta cuestión en el número de información de la Agencia Tributaria: 901 33 55 33 o en su
página web.
¿A qué tipo de obras se les puede aplicar esta deducción?
Se consideran obras de mejora de la eficiencia energética, entre otras, la instalación de
paneles solares para producir agua caliente sanitaria, la mejora e instalación de dispositivos que favorezcan el
ahorro de agua y la mejora de la envolvente térmica del edificio para reducir la
demanda energética (incremento del aislamiento térmico, sustitución de carpinterías y acristalamiento de huecos...).
Las actuaciones para garantizar la seguridad y estanqueidad de los edificios, las destinadas a mejorar la accesibilidad y la instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a Internet y a servicios de Televisión Digital en las viviendas también son objeto de deducciones en la declaración de la Renta.
Así que ya sabes, tú, como
profesional de la
construcción, la obra y la
reforma también puedes informar a tus clientes sobre estas desgravaciones fiscales de las que se pueden beneficiar si han realizado alguna de estas mejoras en sus viviendas.