Como ya os hemos contado en nuestros perfiles de
Facebook y
Twitter, el pasado 13 de marzo entró en vigor la actualización del
Documento Básico DB HE de
ahorro de energía del
Código Técnico de la Edificación (
CTE), un tema que os adelantamos en esta
entrada del blog. Es el documento en el que se especifican los requerimientos de
eficiencia energética con los que deben contar a partir de ahora los edificios, para cumplir lo que establece al respecto la
Ley de Ordenación de la Edificación (
LOE).
Por este motivo y con el propósito de aclarar las dudas que puedan surgir sobre el procedimiento a seguir desde la entrada en vigor de la actualización a la hora de realizar la
certificación energética de los edificios, el
Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha emitido un documento informativo cuyo contenido queremos compartir hoy con vosotros, los
profesionales de la
construcción, la
obra y la
reforma.
Desde el pasado 13 de marzo, el procedimiento simplificado de calificación de
eficiencia energética de viviendas dejó de utilizarse, según lo establecido por la Comisión permanente para la Certificación Energética de Edificios.
En el texto emitido por el Ministerio, explican que durante el periodo de adecuación de los documentos reconocidos e informativos indicados, el esquema de
procedimientos a emplear para la
certificación energética de edificios será el siguiente:
Nueva herramienta unificada Lider-Calender
Es importante que sepáis, como agentes implicados en el sector de la edificación, que los
Ministerios de Fomento, Industria, Energía y Turismo, y el
Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía (
Idae) han llevado a cabo de manera conjunta un proceso de unificación en una sola plataforma (la herramienta unificada
LIDER-CALENDER) de los programas oficiales generales
LIDER y
CALENDER y su adaptación a los cambios introducidos por el
DB-HE del 2013.
Pero nos advierten de que, aunque esta nueva
herramienta se haya puesto a disposición de los
profesionales involucrados en la verificación de las exigencias reglamentarias del nuevo DB-HE, los resultados obtenidos con ella no pueden emplearse para llevar a cabo la
certificación energética de edificios; ya que se requiere que antes se lleve a cabo la adaptación de los documentos relativos a la certificación energética de edificios.
Si necesitáis más información, os dejamos por aquí el enlace a la
nota informativa sobre la aplicación de
herramientas informáticas para la verificación de las exigencias del DB HE que ha elaborado el Ministerio de Fomento, para informar sobre las cuestiones que puedan surgir al respecto.